Locales | Fecha: 2018-11-14

Advierten que el bono a privados será el acta de defunción de muchos comercios

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Nación firmó el decreto por un monto de $5.000, pero el Centro Comercial local dice que el sector “atraviesa una crisis terminal” por la caída de ventas, por lo cual a los sueldos, aguinaldos e impuestos se suma el bono y será letal para muchos comercios.

Los trabajadores registrados del sector privado cobrarán un bono de hasta 5.000 pesos, no remunerativo, en dos o más cuotas, de acuerdo con lo publicado este martes por el Gobierno Nacional en el Boletín Oficial.

La “asignación especial” requirió del decreto 1043/2018 tiene en cuenta el desfasaje entre el aumento salarial y la inflación de este año y considera “urgente y necesario” mantener el poder adquisitivo  de los salario.

Diez claves: bono no remunerativo y despidos

1 – Se establece, a partir del 1 de noviembre, una asignación no remunerativa para todos los trabajadores en relación de dependencia del Sector Privado, que ascenderá a la suma de $5.000.

2 – Los empleadores abonarán esta cifra del siguente modo: 50% con los salarios de noviembre y 50% con los de enero.

3 – Si la prestación de servicios fuera inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación en forma proporcional.

4 – Plazos y montos podrán flexibilizarse para aquellas actividades o sectores que se encuentren especialmente en crisis o declinación productiva.

5 – El bono podrá descontarse de revisiones paritarias de 2018 o de montos extra otorgados a los trabajadores, de forma remunerativa.

6 – Quedan excluidos los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal, cualquiera sea su modalidad de vinculación y/o el régimen laboral aplicable.

7 – Tampoco recibirán el bono los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario y del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

8 – Los empleadores, antes de disponer despidos sin justa causa de trabajadores con contratos de trabajo por tiempo indeterminado, deberán comunicar la decisión al Ministerio de Producción y Trabajo con una anticipación no menor a 10 días hábiles previo a hacerla efectiva.

9 – El Ministerio de Producción y Trabajo podrá convocar al empleador y al trabajador junto con la asistencia gremial pertinente, a fin de celebrar  audiencias que estime necesarias para considerar las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción laboral.

10 – No estarán incluidos en este régimen de despidos los trabajadores de la Industria de la Construcción.

Al respecto, el Centro Comercial e Industrial riojano se mostró en contra de esta decisión al sostener que “el Gobierno Nacional dispuso un Bono de cinco mil pesos para los empleados privados. Cada comerciante deberá hacerse cargo del pago a sus empleados”.

Luego, agrega que “el problema es que el comercio atraviesa una crisis terminal en La Rioja: la inflación y devaluación provocaron una abrupta caída en las ventas. por lo que este bono podría generar el cierre de otros tantos negocios en la Capital”.

De esta forma, al igual que ya lo hizo la Cámara Empresaria Riojana, los empresarios del sector rechazan de plano el bono obligatorio y temen que tenga un efecto letal en muchas pymes locales.

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